ALA ATENCIÓN DELA SRA. ALCALDESADEL AYUNTAMIENTO DE PINTO
El abajo firmante, Francisco González Mojarro, con DNI: XXXXXXXX como Coordinador de Unión, Progreso y Democracia en Pinto, se dirige a Vd., para exponerle:
Primero: Que según establece el Art. 168 dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales en su apartado 3, que las sociedades mercantiles, incluso de aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la entidad local, remitirán a ésta, antes del día 15 de septiembre de cada año, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.
Asimismo en el apartado 4º dice que el presidente de la entidad formará el presupuesto general y lo remitirá, informado porla Intervenciónal Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución.
Segundo: Que según establece el Art. 169, en su apartado 2, la aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
Tercero: Que el día 30 de Diciembre se aprobó por parte del gobierno de la nación en su Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, donde en su Capítulo IV, Art. 8, establece un incremento en los tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para los ejercicios 2012 y 2013.
Pues bien, una vez incumplido los plazos que establecela LeyReguladorade Haciendas Locales, ya que los presupuestos generales del Ayuntamiento de Pinto para el año 2012 se han aprobado inicialmente el día 5 de Enero de 2012, y visto que los presupuestos del 2011 quedan automáticamente prorrogados, y entendiendo que los ingresos previstos en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Pinto para el 2012 pueden verse incrementado, concretamente el capitulo 1 artículo:11 Concepto:113 subconcepto:11300, como consecuencia de lo establecido en el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre vengo a presentar en representación dela Agrupación Localde UPyD de Pinto la siguiente :
RECLAMACIÓN
Que según establece el Art. 170 dela Ley Reguladorade las Haciendas Locales se pueden establecer reclamaciones por omitirse el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.
Que dichas reclamaciones según establece el mismo artículo, pueden ser presentadas por los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.
Que Unión Progreso y Democracia es un partido legalmente constituido de ámbito nacional con representación local que tiene como fin velar por los intereses de los ciudadanos tanto a nivel nacional como a nivel local.
Es por lo que presento reclamación en nombre de UPyD a los Presupuestos Generales de Pinto para el año 2012, aprobados inicialmente en el Pleno Extraordinario celebrado el 5 de Enero de 2012, por entender que los mismos se presentaron y se aprobaron fuera del plazo previsto enla LeyReguladorade Haciendas Locales y por tanto, visto el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, donde se incrementa el tipo de gravamen sobre el Impuesto de Bienes e Inmuebles que pueden suponer un aumento en los ingresos previstos en el ejercicio 2012, y entendiendo que los aprobados no recogen los mayores ingresos que puede suponer la aplicación de dicho decreto, por lo que dichos presupuestos en su capitulo 1 de ingresos deben ser modificados para recoger el aumento en dichos ingresos y que a su vez estos se pueden derivar a aumento en el gasto a servicios que han sufrido un importante recorte presupuestario y que afectan directa o indirectamente a los vecinos de Pinto.
Pinto a 24 de Enero de 2012
